Tesis aislada · orientadora · Tribunales Colegiados de Circuito

COMPETENCIA POR MATERIA PARA CONOCER DE LOS AMPAROS INDIRECTOS EN LOS QUE SE IMPUGNA EL ACUERDO POR EL QUE SE SUPRIMEN Y DETERMINAN COMPETENCIAS TERRITORIALES DE LAS JUNTAS ESPECIALES DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE Y SE CREAN LAS OFICINAS AUXILIARES. CORRESPONDE A LOS JUZGADOS DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA.

Tesis
I.10o.T.26 L (11a.)
Registro digital
2029653
Época
Undécima Época
Materia
Laboral, Común
Publicada
6 de diciembre de 2024

Hechos: Diversas personas promovieron amparo indirecto contra la aplicación del Acuerdo por el que se suprimen y determinan competencias territoriales de las Juntas Especiales de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, y se crean las oficinas auxiliares que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2023 y, en vía de consecuencia, de los acuerdos administrativos en donde se ordena la reasignación de competencias y el traslado de los asuntos inconclusos de una Junta Especial a otra y sus consecuencias.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que corresponde a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa conocer de los amparos indirectos promovidos contra el Acuerdo por el que se suprimen y determinan competencias territoriales de las Juntas Especiales de la Federal de Conciliación y Arbitraje y se crean Oficinas Auxiliares.

Justificación: La aplicación del referido acuerdo se dirige a la supresión de las Juntas aludidas a fin de implementar el nuevo Sistema de Justicia Laboral, por lo que su bien jurídico está inmerso en el área de la administración de bienes públicos, lo que puede repercutir en las partidas presupuestales del Gobierno Federal, de ahí que los órganos jurisdiccionales especializados en materia administrativa son los competentes para conocer de los amparos promovidos contra el citado acuerdo y sus actos de aplicación (ejecución) conforme al artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. Conflicto competencial 26/2024. Suscitado entre los Juzgados Segundo de Distrito en Materia de Trabajo y Quinto en Materia Administrativa, ambos en la Ciudad de México. 7 de junio de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: María de Lourdes Margarita García Galicia. Secretaria: Norma Nelia Figueroa Salmorán. Conflicto competencial 38/2024. Suscitado entre los Juzgados Noveno de Distrito en Materia de Trabajo y Decimoquinto en Materia Administrativa, ambos en la Ciudad de México. 28 de junio de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Romero Guzmán. Secretaria: Elia Margarita Cobián Viveros.

Esta tesis se publicó el viernes 06 de diciembre de 2024 a las 10:18 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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