Tesis aislada · orientadora · Tribunales Colegiados de Circuito

TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE MÉXICO. CARECE DE COMPETENCIA POR RAZÓN DE MATERIA PARA CONOCER DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO LOCAL CONTRA ACTOS RELACIONADOS CON EL PAGO DEL "FOREMEX".

Tesis
II.2o.A.50 A (11a.)
Registro digital
2029851
Época
Undécima Época
Materia
Administrativa
Publicada
24 de enero de 2025

Hechos: En amparo directo se reclamó la resolución que confirmó el auto mediante el cual se determinó que el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México carece de competencia por razón de materia cuando el acto impugnado en el juicio contencioso administrativo local se relaciona con el pago del Fondo de Retiro para los Servidores Públicos de los Poderes Ejecutivo y Judicial del Gobierno del Estado de México (Foremex).

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México carece de competencia por razón de materia para conocer del juicio contencioso administrativo local contra actos relacionados con el pago del "Foremex".

Justificación: El "Foremex" no es una prestación de seguridad social que derive de la calidad de pensionados de los servidores públicos, sino que constituye una prestación extralegal de naturaleza laboral, pues tiene como objeto que cuenten con recursos económicos adicionales al momento en que dejen de prestar sus servicios, esto es, se otorga a aquellos que son dados de baja del servicio por cualquier motivo, siempre que cumplan con los requisitos respectivos, el cual surge del acuerdo de voluntades del gobierno local con el Sindicato Único de Trabajadores de los Poderes, Municipios e Instituciones Descentralizadas y el Sindicato de Maestros al Servicio de dicha entidad federativa, contenido en los convenios celebrados para el año 1995, de lo que deriva que si el hecho generador del derecho que se reclama es una relación laboral, entonces la pretensión de su pago corresponde a ese ámbito.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 147/2023. Nora Patricia Camacho García. 16 de mayo de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Mónica Alejandra Soto Bueno. Secretario: José Refugio Gallegos Morales.

Esta tesis se publicó el viernes 24 de enero de 2025 a las 10:25 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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