Tesis aislada · orientadora · Plenos Regionales

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS. PARA DECLARARLA SIN MATERIA BASTA QUE SE ACTUALICE UNA CAUSA PRIMIGENIA, AUN CUANDO SOBREVENGA UN DIVERSO MOTIVO.

Tesis
PR.P.T.CS. 6 K (11a.)
Registro digital
2030471
Época
Undécima Época
Materia
Común
Publicada
6 de junio de 2025

Hechos: Después de admitida una contradicción de criterios, se resolvió una diversa que también resolvió el mismo problema. Posteriormente, los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes informaron que abandonaron los criterios denunciados como discrepantes.

Criterio jurídico: El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, determina que basta un motivo primigenio para declarar sin materia una contradicción de criterios, aun cuando sobrevenga una diversa causa que genere la misma consecuencia.

Justificación: Cuando en una contradicción de criterios se actualiza una causa que amerita declararla sin materia, como es que el tema de fondo se haya resuelto previamente en un diverso asunto de la misma naturaleza, es innecesario aludir a una eventual y diversa causa posterior, como cuando los Tribunales Colegiados de Circuito informan que abandonaron los criterios contendientes. Actualizado un motivo para declararla sin materia, los demás son de estudio innecesario.

PLENO REGIONAL EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DE LA REGIÓN CENTRO-SUR, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Contradicción de criterios 34/2025. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Cuarto, Quinto y Sexto, todos en Materia de Trabajo del Tercer Circuito. 9 de abril de 2025. Tres votos de las Magistradas María Enriqueta Fernández Haggar y Guadalupe Madrigal Bueno, y del Magistrado Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Ponente: Magistrada María Enriqueta Fernández Haggar. Secretario: Luis Daniel Castillo Valdivia.

Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia, ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.

Esta tesis se publicó el viernes 06 de junio de 2025 a las 10:12 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

Es una tesis aislada: orienta, pero no obliga. RíoLex guarda los criterios que la Corte publica cada semana, pero no sabe si uno fue superado, interrumpido o modificado después. Antes de citarlo, confírmalo en su ficha del Semanario Judicial de la Federación.

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