ARTÍCULO 3
Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado.
CAPÍTULO II DERECHOS PROTEGIDOS
ARTÍCULO 3
Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado.
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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