Código Civil Federal · Federal

Artículo 2207

TITULO QUINTO Extinción de las Obligaciones · CAPITULO II De la Confusión de Derechos

Artículo 2207.- La confusión que se verifica en la persona del acreedor o deudor solidario, sólo produce sus efectos en la parte proporcional de su crédito o deuda.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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