Código Civil Federal · Federal

Artículo 2496

TITULO SEXTO Del Arrendamiento · CAPITULO IX Del Modo de Terminar el Arrendamiento

Artículo 2496.- En los casos de expropiación y de ejecución judicial, se observará lo dispuesto en los artículos 2456, 2457 y 2458.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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