Código Civil Federal · Federal

Artículo 2737

TITULO DECIMO · CAPITULO VI De las Personas Morales Extranjeras de Naturaleza Privada

Artículo 2737.- (Se deroga).

Artículo reformado DOF 07-01-1988. Derogado DOF 24-12-1996

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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