Artículo 191.- Cuando uno solo de los cónyuges tuvo buena fe, la sociedad subsistirá también hasta que cause ejecutoria la sentencia, si la continuación es favorable al cónyuge Inocente; en caso contrario se considerará nula desde un principio.
Artículo 191
TÍTULO QUINTO DE LA FAMILIA · CAPITULO IV
Última reforma de esta ley incorporada: 13 de enero de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.
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