Código Civil para el Estado de Baja California · Baja California

Artículo 21

ARTICULO 21.- La ignorancia de las Leyes no excusa su cumplimiento; pero los jueces, teniendo en cuenta algún tipo de discapacidad mental, su conformación cultural, cuando pertenezca a una población indígena, su acceso a los medios de comunicación o su condición económica desfavorable, podrán, si está de acuerdo el Ministerio Público, eximirlos de las sanciones en que hubieren incurrido por la falta de cumplimiento de la Ley que ignoraban, o de ser posible, concederles un plazo para que la cumplan, siempre que no se trate de Leyes que afecten directamente al interés público.

Tratándose de personas pertenecientes a los pueblos o comunidades indígenas, en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o colectivamente, se deberán tomar en cuenta sus derechos y prerrogativas, de acuerdo a lo establecido por la Constitución Federal.

Artículo Reformado

ARTÍCULO 21 .- Fue reformado por Decreto No. 116, publicado en el Periódico Oficial No. 44, Sección II, Tomo CXXIV, de fecha 29 de septiembre de 2017, expedido por la H. XXII Legislatura, siendo Gobernador Constitucional el C. Francisco Arturo Vega de Lamadrid 2013- 2019;

ARTÍCULO 21; PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL No. 44, SECCIÓN II, TOMO CXXIV, DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2017, EXPEDIDO POR LA H. XXII LEGISLATURA, SIENDO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL EL C. FRANCISCO ARTURO VEGA DE LAMADRID 2013-2019.

ARTÍCULO TRANSITORIO

Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. 536

DADO en el Salón de Sesiones “Lic. Benito Juárez García” del H. Poder Legislativo del Estado de Baja California, en la Ciudad de Mexicali, B.C., a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.

DIP. EDGAR BENJAMÍN GOMÉZ MACÍAS

PRESIDENTE

(RÚBRICA)

DIP. EVA MARÍA VÁSQUEZ HERNÁNDEZ

SECRETARIA

(RÚBRICA)

DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA FRACCIÓN I DEL

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: transparencia.pjbc.gob.mx.

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