Código Civil para el Estado de Baja California · Baja California

Artículo 2123

TITULO PRIMERO DE LOS CONTRATOS PREPARATORIOS

ARTICULO 2123 .- Por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio aunque la primera no haya sido entregada, ni el segundo satisfecho.

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: transparencia.pjbc.gob.mx.

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