Código Civil para el Estado de Baja California · Baja California

Artículo 295

TITULO SEXTO DEL PARENTESCO Y DE LOS ALIMENTOS · CAPITULO I DEL PARENTESCO

ARTICULO 295.- La línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una persona con su progenitor o tronco de que procede; descendente es la que liga al progenitor con los que de él proceden.

La misma línea es, pues, ascendente o descendente, según el punto de partida y la relación a que se atiene.

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.pjbc.gob.mx.

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