ARTICULO 511.- Si el tutor tuviera dos o más excusas las propondrá simultáneamente, dentro del plazo respectivo; y sí propone una sola se entenderán renunciadas las demás.
Artículo 511
TITULO NOVENO DE LA TUTELA · CAPITULO VIII DE LAS EXCUSAS PARA EL DESEMPEÑO
Última reforma de esta ley incorporada: 12 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.pjbc.gob.mx.
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