Artículo 1182 .- Los meses se regularán con el número de días que les correspondan.
Artículo 1182
TITULO SÉPTIMO De la prescripción · CAPITULO VI De la manera de contar el tiempo para la prescripción
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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