Artículo 1429 .- El testador, al hacer la presentación, declarará que en aquel pliego está contenida su última voluntad.
Artículo 1429
TITULO TERCERO De la forma de los testamentos · CAPITULO III Del testamento público cerrado
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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