Artículo 1702 .- La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
De la capacidad
TITULO PRIMERO De las fuentes de las obligaciones · CAPITULO I De los contratos
Artículo 1702 .- La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
De la capacidad
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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