Artículo 175.- El contrato de compraventa sólo puede celebrarse entre cónyuges, cuando el matrimonio esté sujeto al régimen de separación de bienes.
Artículo 175
TITULO QUINTO Del matrimonio · CAPITULO IV De los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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