Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 2607

TITULO DÉCIMO · CAPITULO I Disposiciones Generales

Artículo 2607 .- El contrato de sociedad debe contener:

I.- Los nombres y apellidos de los otorgantes que son capaces de obligarse;

II.- La razón social;

III.- El objeto de la sociedad;

IV.- La duración de la sociedad; y

V.- El importe del capital social y la aportación con que cada socio debe contribuir.

Si falta alguno de estos requisitos se aplicará lo que dispone el artículo 2605.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.

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