Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 2720

TITULO DÉCIMO · CAPITULO I De la fianza en general

Artículo 2720 .- Si las cartas de recomendación fuesen dadas de mala fe, afirmando falsamente la solvencia del recomendado, el que las suscriba será responsable del daño que sobreviniese a las personas a quienes se dirigen por la insolvencia del recomendado.

Las cartas de recomendación no constituyen fianza. 172

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.

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