Artículo 760 .- Los bienes son muebles por su naturaleza o por disposición de la ley.
Artículo 760
TITULO SEGUNDO Clasificación de los bienes · CAPITULO I De los bienes inmuebles
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.