Artículo 763 .- Por igual razón se consideran muebles las acciones que cada socio tiene en las asociaciones o sociedades, aun cuando a éstas pertenezcan algunos bienes inmuebles.
Artículo 763
TITULO SEGUNDO Clasificación de los bienes · CAPITULO I De los bienes inmuebles
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.
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