Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 804

TITULO TERCERO De la posesión · CAPITULO ÚNICO

Artículo 804 .- Cuando varias personas poseen un bien indiviso podrá cada una de ellas ejercer actos posesorios sobre el bien común, con tal que no excluya los actos posesorios de los otros coposeedores.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.

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