Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 814

TITULO TERCERO De la posesión · CAPITULO ÚNICO

Artículo 814 .- Es poseedor de buena fe el que entra en la posesión en virtud de un título suficiente para darle derecho de poseer. También lo es el que ignora los vicios de su título que le impiden poseer con derecho.

Es poseedor de mala fe el que entra a la posesión sin título alguno para poseer; lo mismo que el que conoce los vicios de su título que le impiden poseer con derecho.

Para efectos de esté articulo, se entiende por título la causa generadora de la posesión.

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de marzo de 2008. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.bcs.gob.mx.

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