Art. 1160.- Hay buena fe, cuando el que posee tiene la creencia fundada de haber adquirido del verdadero dueño.
Artículo 1160
TÍTULO SÉPTIMO DE LA PRESCRIPCIÓN · CAPÍTULO II DE LA PRESCRIPCIÓN POSITIVA
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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