Art. 1321.- Queda también sin efecto el legado, si el testador enajena la cosa legada, pero vale si la recobra por un título legal.
Artículo 1321
TÍTULO SEGUNDO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO · CAPÍTULO VII DE LOS LEGADOS
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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