Código Civil del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 1374

TÍTULO SEGUNDO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO · CAPÍTULO VII DE LOS LEGADOS

Art. 1374.- El legado de educación dura hasta que el legatario sale de la menor de edad.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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