Código Civil del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 1393

TÍTULO SEGUNDO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO · CAPÍTULO IX DE LA NULIDAD, REVOCACIÓN Y

Art. 1393.- Es nulo el testamento que haga el testador bajo la influencia de amenazas contra su persona o sus bienes o contra la persona o bienes de su cónyuge, o de sus ascendientes o descendientes, sin limitación de grado, o de sus parientes colaterales por consanguinidad en segundo grado.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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