Código Civil del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 2366

TÍTULO SEXTO DEL ARRENDAMIENTO · CAPÍTULO V DEL ARRENDAMIENTO DE FINCAS RÚSTICAS

Art. 2366.- Son aplicables al arrendamiento de bienes muebles las disposiciones de este título que sean compatibles con la naturaleza de esos bienes.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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