Código Civil del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 2448

TÍTULO NOVENO DEL MANDATO · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Art. 2448.- Puede ser objeto del mandato todos los actos lícitos para los que la ley no exige la intervención personal del interesado.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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