Código Civil del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 2739

TÍTULO DÉCIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS · CAPÍTULO IV DE LOS EFECTOS DE LA FIANZA ENTRE COFIADORES

Art. 2739.- Si la obligación del deudor y la del fiador se confunden, porque uno herede al 316 otro, no se extingue la obligación del que fió al fiador.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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