Código Civil para la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 179

ARTÍCULO 179.- Las capitulaciones matrimoniales son pactos que los otorgantes celebran para constituir el régimen patrimonial de su matrimonio y reglamentar la administración de los bienes, la cual deberá recaer en ambos cónyuges, salvo pacto en contrario.

(REFORMADO, G.O. 13 DE ENERO DE 2004)

Última reforma de esta ley incorporada: 23 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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