Código Civil para la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 2645

ARTÍCULO 2645.- Los empresarios constructores son responsables, por la inobservancia de las disposiciones legales, reglamentarias o de policía vigentes en el Distrito Federal y por todo daño que causen a los vecinos.

C A P Í T U L O I V D E L O S P O R T E A D O R E S Y A L Q U I L A D O R E S

Última reforma de esta ley incorporada: 23 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.

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