Código Civil para la Ciudad de México · Ciudad de México
Artículo 2793
ARTICULO 2793.- Los demás derechos y obligaciones de las partes, en la compra de esperanza, serán los que se determinan en el título de compra-venta.
T Í T U L O D E C I M O T E R C E R O D E L A F I A N Z A C A P Í T U L O I D E L A F I A N Z A E N G E N E R A L
Última reforma de esta ley incorporada: 23 de abril de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocdmx.gob.mx.
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