ARTÍCULO 1022. El propietario, en el caso del artículo 1020 tampoco está obligado a hacer las reparaciones, y si las hace no tiene derecho de exigir indemnización.
Artículo 1022
TÍTULO QUINTO DEL USUFRUCTO, DEL USO Y DE LA HABITACIÓN · CAPÍTULO III DE LAS OBLIGACIONES DEL
Última reforma de esta ley incorporada: 25 de diciembre de 1999. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.
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