ARTÍCULO 1762. En los contratos se pueden hacer estipulaciones en favor de tercero de acuerdo con los siguientes artículos.
Artículo 1762
TÍTULO PRIMERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES · CAPÍTULO II DE LA DECLARACIÓN UNILATERAL DE
Última reforma de esta ley incorporada: 25 de diciembre de 1999. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.
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