Código Civil del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 2447

TÍTULO NOVENO DEL MANDATO · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 2447. Pueden ser objeto del mandato todos los actos lícitos para los que la ley no exige la intervención personal del interesado.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de diciembre de 1999. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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