ARTÍCULO 2579. Los asociados sólo podrán ser excluidos de la sociedad por las causas que señalen los estatutos.
Artículo 2579
TÍTULO DÉCIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS · CAPÍTULO I DE LAS ASOCIACIONES
Última reforma de esta ley incorporada: 25 de diciembre de 1999. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.
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