Código Civil del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 2662

TÍTULO DÉCIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS · CAPÍTULO I DEL JUEGO Y DE LA APUESTA

ARTÍCULO 2662. La Ley no concede acción para reclamar lo que se gana en juego prohibido.

Son juegos prohibidos los que señale la ley federal respectiva.

[Artículo reformado en el segundo párrafo mediante Decreto No. 432-00 III P.E. publicado en el P.O.E. No. 8 del 26 de enero del 2000]

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de diciembre de 1999. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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