Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1461

TÍTULO TERCERO DE LAS DIFERENTES CLASES DE DERECHOS REALES · CAPÍTULO I DE LA PROPIEDAD

ARTÍCULO 1461. Si por la construcción saliente es menoscabado un derecho de superficie, de usufructo o de una servidumbre sobre la finca vecina, se aplicarán oportunamente en beneficio del titular las disposiciones de los artículos del 1457 al 1459.

SECCIÓN SEXTA

DE LA COPROPIEDAD

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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