Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1707

TÍTULO CUARTO DE LA POSESIÓN 133 · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1707. Es poseedor de buena fe el que entra en la posesión en virtud de un título suficiente para darle derecho de poseer. También es el que ignora los vicios de su título que le impiden poseer con derecho. En este caso la ignorancia se presume, salvo prueba en contrario. Es poseedor de mala fe el que entra a la posesión sin título alguno para poseer; lo mismo que el que conoce los vicios de su título que le impiden poseer con derecho.

Entiéndese por título la causa generadora de la posesión.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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