Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1958

TÍTULO TERCERO DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS · CAPÍTULO III DE LOS ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL NEGOCIO JURÍDICO

ARTÍCULO 1958. También origina la inexistencia del negocio el error que recae por discrepancia sobre la identidad del bien materia de aquél, o sobre la identidad de la persona con quien se contrata, siempre que haya sido determinante del consentimiento. 163

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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