ARTÍCULO 2018. Estos documentos no son necesarios para ejercitar el derecho que con ellos se consigna, y en los casos de pérdida, robo o destrucción, podrá acreditarse el derecho por todos los medios legales de prueba.
Artículo 2018
TÍTULO TERCERO DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS · CAPÍTULO V DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS UNILATERALES
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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