ARTÍCULO 2049. Si la obligación fue cumplida en parte, la pena se modificará en la misma proporción. Si la modificación no pudiere ser exactamente proporcional, el juez reducirá la pena de una manera equitativa, teniendo en cuenta la naturaleza y demás circunstancias de la obligación.
Artículo 2049
TÍTULO TERCERO DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS · CAPÍTULO VI DE LAS ESTIPULACIONES Y CLAUSULAS QUE PUEDEN
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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