Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 2159

TÍTULO TERCERO DE LOS NEGOCIOS JURÍDICOS · CAPÍTULO XI DE LA INEXISTENCIA, LA INVALIDEZ, LA CONVALIDACIÓN, LA CONVERSIÓN

ARTÍCULO 2159. La nulidad relativa siempre permite que el acto produzca provisionalmente sus efectos.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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