ARTÍCULO 2191. El documento en que coste la convalidación expresa debe contener, bajo pena de nulidad:
I. La especificación del negocio que se quiera confirmar.
II. La expresión del vicio de que adolecía.
III. La manifestación de la intención de convalidarlo. 184
La convalidación debe hacerse con las mismas formalidades y requisitos que señala la ley para el negocio que se confirma.