Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 252

TÍTULO TERCERO DE LAS PERSONAS MORALES · CAPÍTULO IV DEL DOMICILIO

ARTÍCULO 252. El patrimonio de las personas morales estará constituido de la manera que determine la ley, su escritura constitutiva o sus estatutos en lo que no se opongan a aquélla.

(DEROGADO, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2015)

L I B R O S E G U N D O

DEL DERECHO DE FAMILIA

(DEROGADO, P.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2015)

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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