Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 2834

TÍTULO SEXTO DEL COMODATO 244

ARTÍCULO 2834. Además de las causas generales de terminación de todo contrato, el comodato termina:

I. Por la muerte del comodatario.

II. Por la enajenación del bien comodado. En este caso el comodatario deberá restituir el bien al comodante, aun cuando no hubiere terminado el plazo o uso convenidos.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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