Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila
Artículo 3111
TÍTULO DUODÉCIMO DEL CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO 269
ARTÍCULO 3111. Los empresarios constructores son responsables por la inobservancia de las disposiciones municipales o de policía en la materia y por todo daño que causen a bienes y personas, incluyendo a los vecinos y a los transeúntes.
TÍTULO DECIMOTERCERO
DEL CONTRATO DE TRANSPORTE
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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