Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 3156

TÍTULO DUODÉCIMO DEL CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO 269 · CAPÍTULO III DE LA APARCERÍA DE GANADOS

ARTÍCULO 3156. En caso de venta de los animales antes de que termine el contrato de aparcería, disfrutarán los aparceros del derecho del tanto.

TÍTULO DECIMOSEXTO

DE LA TRANSACCIÓN

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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