ARTÍCULO 3339. En el caso del artículo anterior, el contrato quedará convalidado si antes de la evicción adquiere el constituyente de la garantía, por cualquier título legítimo, la propiedad del bien empeñado.
Artículo 3339
TÍTULO DUODÉCIMO DEL CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO 269 · CAPÍTULO II DE LA PRENDA
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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