Código Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 3339

TÍTULO DUODÉCIMO DEL CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO 269 · CAPÍTULO II DE LA PRENDA

ARTÍCULO 3339. En el caso del artículo anterior, el contrato quedará convalidado si antes de la evicción adquiere el constituyente de la garantía, por cualquier título legítimo, la propiedad del bien empeñado.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de junio de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.