Código Civil para el Estado de Colima · Colima

Artículo 1389

TITULO SEGUNDO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO · CAPITULO IX DE LA NULIDAD, REVOCACIÓN Y CADUCIDAD DE LOS

Artículo 1389.- La renuncia de la facultad de revocar el testamento es nula.

Última reforma de esta ley incorporada: 25 de septiembre de 1954. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.